¿Qué son los latinismos jurídicos y cuáles son los más usados? ¿cuando y cómo usarlos?
Los aforismos latinos jurídicos son muy usados todavía en la actualidad en numerosos textos legales por sus raíces en el derecho romano. Por ello, es muy importante estar familiarizados con los términos más usados.
Índice
Listado con los latinismos jurídicos habituales
Aquí tienes glosario de las expresiones latinas más utilizadas en Derecho. También añadiré regularmente aquellas expresiones que me encuentre a lo largo de mi trayectoria de investigación y estudios jurídicos.
Ab initio
Desde el inicio o principio.
Ab intestato
Sin testamento. Persona que muere sin dejar testamento, con testamento nulo o quien sucede en tal condición.
Ad hoc
Para este fin en particular, es apropiado o adecuado.
A posteriori
Posterioridad a un suceso o experiencia.
A priori
Antes de una experiencia o una prueba.
Bona fide
Buena fe.
Contra legem
La costumbre dice lo contrario de lo que establece la norma legal. Lógicamente, este tipo de costumbre es muy conflictiva y discutida. No está nada clara que sea de aplicación y existen teorías muy dispares en este tema.
De iure / de facto
De iure / ex iure: de acuerdo con el derecho y con la ley. Es opuesto a de facto.
De facto: que existe de hecho pero carece de reconocido jurídicamente.
Dies a quo / dies ad quem
Hace referencia a los plazos en que puede aplicarse una norma o contrato.
Dies a quo :días desde que, días a partir de los cuales. Indica el momento en el que inicia un plazo.
Dies ad quem: día hasta el que. Fecha final de dicho plazo
Erga omnes
Frente a todos. Expresa los efectos generales de una norma o sentencia.
Exceptio non adimpleti contractus
Excepción de incumplimiento contractual. Con fundamento en las obligaciones recíprocas, y consiste en que el deudor puede negarse a cumplir aquello a que se obligó en tanto la otra parte no cumpla o se ofrezca a cumplir lo que debe.
Ex gratia
Por gracia. Expresa cuando un sujeto actúa de buena voluntad (un favor) y no obligado jurídicamente.
Ex nunc / ex tunc
Ex tunc: desde entonces. Hace referencia al tiempo que comprende la aplicación de una norma o contrato. Esto quiere decir que implica retroactividad; o lo que es lo mismo: que tendrá efectos antes de que se dicte la norma jurídica.
Ex nunc: desde ahora. Se utiliza para hacer alusión a que una norma o contrato solo tiene eficacia desde el momento en que se origina, de modo que no habría retroactividad.
Ex post facto
Con posterioridad al hecho o suceso.
Forma mentis
Forma/idea/impostación de la mente
Fumus boni iuris
Apariencia de buen derecho. Es uno de esos elementos utilizados por la jurisprudencia para determinar provisionalmente si existen elementos suficientes que, sin prejuzgar el fondo del asunto, permitan adoptar medidas cautelares.
Habeas corpus
Derecho de cualquier ciudadano para comparecer de inmediato ante el juez para que este determine la legalidad del arresto. Reconocido en el artículo 17.4 de la Constitutción Española.
Proviene de la expresión habeas corpus ad subiidciendum.
Habeas data
Derecho que cualquier ciudadano tiene en relación con su propia información, ya sea para acceder a ella, eliminarla, corregirla o actualizarla.
In dubio pro/ In dubio contra
In dubio pro: en caso de duda, a favor de… Ejemplo: In dubio pro reo (en caso de duda, a favor del acusado) o in dubio pro operario (ante la duda, a favor del trabajador)
In dubio contra : en caso de duda, contra… Ejemplo: In dubio contra proferentem (en caso de duda, contra el proponente)
Ius dicere
Declarar el derecho
Iuris et de iure
Presunción de derecho que exime a la parte de probar lo que presume.
Ius puniendi
Facultad sancionadora del Estado. Se traduce literalmente como derecho a penar o derecho a sancionar.
Iuris tantum
Presunción que ordena a admitir como probado en juicio un hecho, mientras no se pruebe lo contrario.
Litiscontestatio
Situación de relación contractual creada entre las partes con motivo de efectivizarse la contestación de la demanda. Implicaba la traba de la litis con la determinación de las cuestiones de hecho y derecho controvertidas por las partes.
Mutais mutandis
Cambiando lo que debe cambiarse. Con los cambios necesarios.
Ne bis in idem
Principio fundamental del derecho penal que prohíbe aplicar una doble sanción a un mismo sujeto por la comisión de los mismos hechos.
Nomen iuris
Primacía de la realidad. El significado viene a decir que las cosas son tal y como son y no tal y como las partes aseguran que son.
Pacta sunt servanda
Lo pactado obliga. Principio básico del derecho civil, especialmente en los contratos.
Periculum in mora
Peligro por la mora procesal
Praeter legem
La costumbre establece cual es la regla aplicable a situaciones que bien no tiene legislación por parte del jurista o en el caso de las lagunas legales.
Pro tempore
Temporalmente.
Quid pro quo
Algo a cambio de algo. Cosa recibida como compensación por la cesión de otra.
Rebus sic stantibus
“Estando así las cosas”. Estipulación que se incluye en los contratos y significa que puede modificarse ante alteraciones sustanciales de las circunstancias que los motivaron.
Secundum legem
Costumbre interpretativa que aplica o desarrolla lo establecido por una norma jurídica. Es la ley que le otorga su vigencia la que le faculta para regular un asunto específico.
Sine qua non
Sin la cual no. Expresa una condición, circunstancia o requisito que debe ser cumplido ante cualquier acto o procedimiento.
Strictu sensu
En sentido estricto.
Sub uidice / sub judice
‘Sujeto a juicio’ o ‘bajo la decisión de un juez’. Pendiente de resolución judicial.
Ut singuli
“A cada uno”, que también se utiliza para designar
Ut supra
Como arriba
Vacatio legis
Lapso entre la publicación de una norma o ley y su entrada en vigor.